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Bonificaciones Meritorias y Acciones Afirmativas

Aquellos aspirantes que cumplan con los requisitos mínimos establecidos en la ley y el perfil institucional podrán recibir puntuaciones adicionales por méritos o acciones afirmativas:

Bonificaciones meritorias:

1.      Los aspirantes que hayan rendido el examen de ingreso a Educación Superior, cuyo puntaje sea igual o superior 700 puntos; por este particular tendrá una bonificación de 1 punto; para acceder a esta bonificación deberá entregar el certificado de la SENECYT de haber rendido el examen donde conste la calificación.

2.      Los aspirantes que tengan título de tercer nivel o de Educación Superior, por este particular tendrá una bonificación de 2 puntos, para acceder a esta bonificación deberá entregar el titulo correspondiente y la certificación de inscripción del título en la SENECYT.

3.      Los aspirantes que hayan recibido capacitaciones igual o superior a 60 horas en los últimos 2 años, debidamente avalados por la SETEC o Ministerio del Trabajo, tendrán una bonificación de 1 punto, para ello deberán entregar el certificado con los avales respectivos. (https://portal.trabajo.gob.ec/setec-portal-web/pages/personasCapacitadas.jsf)

4.      Contar con licencia de conducir vigente A y C, con más de 20 puntos, tendrán una bonificación de 1 punto, para ello deberán entregar una copia a color de la licencia de conducir vigente y certificado o print de la página de la ANT del puntaje.

5.      Hablar una o más lenguas extranjeras, tendrá una bonificación adicional de 1 punto, para ello deben entregar el certificado emitido en legal en debida forma de un centro autorizado.

6.      Experiencia laboral en cargos a fines mínima de un año, tendrá una bonificación adicional de 1 punto; para ello deberán entregar el mecanizado del IESS resumen y aportes que detalle el tiempo de servicio por empleador y un certificado laboral

Acciones afirmativas:

1.      De conformidad con el Art. 31 del COESCOP, el/la postulante este domiciliado en el cantón, recibir 1 punto extra como medida de acción afirmativa, para lo cual se constatará con la papeleta de votación y una planilla de servicio básico.

2.      Pertenecer a comunidades, pueblos o nacionalidades indígenas, al pueblo afroecuatoriano o al pueblo montubio, se le sumará 1 punto adicional; para tal efecto se considerará con la declaración realizada en la hoja de vida al momento de la postulación y el respectivo certificado otorgado por el ente competente que así lo acredite.

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